LOS YOUTUBERS SON UNOS EVASORES DE IMPUESTOS

 


 Afirmo con rotundidad el título del presente artículo aunque creo que algunos os vais a sentir defraudados por él. Según la RAE  una de sus acepciones de evadir del lat. “evadĕre” significa  “evitar un daño o peligro.” Por tanto, lo confieso, probablemente hayáis pinchado en el enlace y haya sido clickbait. Lo que pasa es que el clickbait no es delito, al igual que tampoco es delito lo que están llevando a cabo los youtubers. Mi visión en este blog siempre es el puro análisis legal, sin entrar a valorar la moralidad o no de las acciones de los demás.  

Los impuestos en un país se pagan a través de muchas relaciones de derecho; la actividad laboral, el consumo, las donaciones, la muerte, los documentos oficiales, y muchísimas otras acciones más. Algo que es muy relevante puesto que todas estas relaciones unidas crean lo que se denomina la “presión fiscal” de un estado soberano.

Hay algunos impuestos de los de dentro de la lista que se pagan en función de la residencia o no en un país, como es el caso del impuesto sobre la renta en la persona física, también denominado IRPF.  En cuanto a la residencia, la agencia tributaria junto con las disposiciones normativas  aclaran que una persona física será residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

   1. Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.

2. Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.

3. Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.

Por tanto, teniendo en cuenta que solo hay obligado tributario de IRPF cuando existe una residencia en España ¿Son los Youtubers que se van a Andorra residentes en España?

A priori parece que no son residentes en España,  ya que se han ido a vivir a otro lugar y máxime cuando sus ingresos vienen de numerosos países. La agencia tributaria lo tiene dificil, puesto que para afirmar que una persona no vive en Andorra hay que probar que pasa más de 183 días fuera de Andorra, es decir, en España. Los Youtubers, como empresarios, son autónomos que ni siquiera tienen epígrafe concreto dentro de la regulación tributaria, algo muy relevante a la hora de realizar la pertinente declaración del IRPF. Dicha declaración es una amalgama importante de ingresos provenientes de numerosas fuentes distintas, y muchas de ellas tributan de manera diferente provocando que normalmente haya un caos difícil de controlar, incluso para técnicos. 

Por tanto, es imposible que estén cometiendo un delito si cumplen con su obligatoriedad de residencia en Andorra. La investigación de posibles fraudes de ley (por tanto de delitos) en cuanto a la establecimiento en un país es algo que me consta que realiza la agencia tributaria española. De hecho lleva a cabo inspecciones mensuales de movimientos bancarios, de los pagos con la tarjeta de crédito e  incluso de los video-vlogs que suben los youtubers a internet. 

En adición a lo expuesto existe un convenio de colaboración con Andorra desde el 10 de febrero de 2011 (fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria-BOE 23-11-2010-) por el cual deja de tener la consideración de paraíso fiscal, quitando de esta manera la Agencia Tributaria a Andorra del anexo V donde se encuentran recogidos todos estos lugares de acomodo financiero. Los paraísos fiscales son aquellos en los cuales no se puede recoger ningún tipo de información financiera dándole protección a fondos monetarios enormes, por ejemplo; Panamá, Dominica, las Islas Fiji, las Islas Caimán, etc.

Una vez demostrado que los youtubers tienen plena libertad para establecer su residencia y además es algo permitido por la ley de inmigración de un estado soberano como Andorra, ¿cuál es el problema? ¿Por qué tanto revuelo?

En mi opinión personal el problema no es la supuesta evasión de impuestos, algo que como hemos demostrado no es así, es el clima impositivo de España. El de nuestro país es un ambiente no propenso a atraer a rentas altas, las cuales además son muy volátiles, pues tienen capacidad casi inmediata de abandonar los lugares ante cambios impositivos. No ayudan para nada las numerosas filtraciones de noticias de malgastos públicos. Estas, hacen ver que la gran cantidad de impuestos que pagamos los ciudadanos no van dirigidos a pagar servicios sociales, sino a alimentar panzas agradecidas. Es curioso ver como falta diariamente material quirúrgico y de protección en numerosos hospitales pero no falta el buen chiringuito de cualquier partido político.

 


Otro de los grandes aspectos a tener en cuenta, es que establecer tu residencia en Andorra supone la pérdida de muchos derechos en España, como no debe ser de otra manera, pero ¿qué lleva a una persona que vive en un país tan maravilloso como España a abandonarlo? Pues, a parte de lo ya comentado en el malgasto, algo determinante es la presión fiscal efectiva de una renta superior a 60.000 euros anuales en España. Esta es superior al 50%, algo que puede ser perfectamente considerado confiscatorio y que además debería estar prohibido por ir en contra de un principio constitucional, como es la no confiscatoriedad de los tributos. Y es que, estando de acuerdo con el sistema progresivo impositivo, en un sistema proporcional los que tienen más ya pagan más, y si encima el tipo sube exponencialmente provocas un desanimo de crear riqueza. Para ponernos en situación, una persona que llegue a estas cotas de ingresos de cada dos días de trabajo está entregando uno al Estado y sin tener ningún tipo de certeza de dónde va a ir dirigido. Todo lo anterior sin tener en cuenta los impuestos indirectos relacionados con el consumo.

 

Y es que como diría Milton Friedman “Tenemos un sistema que cobra cada vez más impuestos al trabajo y subsidia el no trabajar “

 

 

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